22/10/11

A raíz de la muerte de Kadafi (o como se escriba su apellido)...

...estaría bueno tener estas interesantes palabras que dijo la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que si bien por razones territoriales no tiene influencia en la cuestión, bien podrían citarse para dilucidar un poquito más la cuestión:

"...la Corte reitera su jurisprudencia en el sentido de que la tortura y las penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes están estrictamente prohibidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. La prohibición absoluta de la tortura, tanto física como psicológica, pertenece hoy día al dominio del  jus cogens  internacional. Dicha prohibición subsiste aun en las circunstancias más difíciles, tales como guerra, amenaza de guerra, lucha contra el terrorismo y cualesquiera otros delitos, estado de sitio o de emergencia, conmoción o conflicto interno, suspensión de garantías constitucionales, inestabilidad política interna u otras emergencias o calamidades públicas..." (Caso Bueno Alves vs. Argentina; sentencia del 11 de mayo de 2007; párrafo 76)

De más está decir que si a este "buen" hombre lo apresaron vivo lo lógico, racional y adecuado hubiese sido darle el tratamiento médico que necesitase para su recuperación y, posteriormente, ser juzgado con todas las garantías penales establecidas por el Estatuto de Roma de la CPI, además de todas aquellas que componen el jus cogens. De otro modo, la palabra "Justicia" seguirá siendo bastardeada en post de la "Paz Mundial" que nos quieren vender los miembros de la OTAN entre otros.

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